martes, 27 de septiembre de 2011

TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

“Fundamental en el Desarrollo de la Democracia”

Por: Juan Maldonado Vargas *

Los actuales empleados del Estado (de Oaxaca) y especialmente los que manejan sus rentas, son activos, pundonorosos y honrados, que limitan sus necesidades hasta el punto en que pueden satisfacerlas con sólo el fruto de su trabajo. Republicanos de corazón, se conforman con vivir en la honrosa medianía, que aleja de ellos la tentación de meter mano en las arcas públicas para improvisar una de esas vergonzosas fortunas que la moral reprueba y que la sociedad siempre maldice.             Benito Juárez García.            2 de Julio de 1849.


En los últimos años se habla mucho de la transparencia y acceso a la información pública, como un derecho que todo ciudadano mexicano tiene, en todo tipo de asuntos.
Muchas preguntas surgen al momento de hablar del acceso a la información y transparencia, por citar algunas: ¿Qué es la transparencia?, ¿Qué es el acceso a la información?, ¿Quién garantiza ese derecho?, ¿Cómo podemos acceder a la información, ¿Qué sucede cuando nos niegan la información?, ¿toda la información es pública, privada o reservada?
Realmente los organismos que se han creado para atender el tema de acceso a la información y transparencia pública, están cumpliendo con su papel o aún falta mucho por hacer y fortalecer, o siguen siendo organismos que no tienen la fuerza para obligar a las instituciones a cumplir con la información.
 Dicho lo anterior, entramos primeramente a determinar que es transparencia y acceso a la información.
Transparencia, calidad de transparente y a su vez, transparente proviene de dos vocablos latinos de trans -a través y parens –entis, que aparece. Dicho en otras palabras, a través del cual pueden verse los objetos claramente, que se deja adivinar o vislumbrar sin declararse o manifestarse, que es evidente y que no tiene duda ni ambigüedad. 
Acceso a la información, no es otra cosa, más que la posibilidad que tiene todo ciudadano de conocer determinados temas solicitando la información a las autoridades en sus diferentes niveles de competencia y de acuerdo a sus facultades cumpliendo con los requisitos básicos.
Hablando en términos legales, el Artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece las bases: Para el ejercicio del derecho de acceso a la información, la Federación, los Estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, se regirán por los siguientes principios y bases:
I.             Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad.
II. La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes.
III. Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales o a la rectificación de éstos.
Por su parte la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en su Artículo 3.- Establece que: La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque la moral, los derechos de terceros, provoque algún delito o perturbe el orden público el derecho a la información será garantizado por el Estado.
Con ello llevamos un verdadero avance al considerar el derecho que todos tenemos al acceder a la información, donde se establece plenamente que el Estado garantizará dicho derecho sin limitación alguna.
También resulta importante señalar que el Artículo 8°.- Estable una obligaciones. Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República. A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario
            Por su parte la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca establece en su: ARTÍCULO 4. Son objetivos de esta Ley:
I. Proveer lo necesario para que toda persona pueda tener acceso a la información mediante procedimientos sencillos y expeditos;
II. Transparentar la gestión pública mediante la difusión de información oportuna, verificable, inteligible y relevante que generan los sujetos obligados, a fin de impulsar la contraloría ciudadana y el combate a la corrupción
 
REFLEXIÓN. . . . . 

Hasta este momento entendimos que todo ciudadano tiene el derecho de solicitar la información a la autoridad, siempre y cuando se cubran algunos requisitos indispensables, sin embargo en la práctica nos damos cuenta que aun con todo el marco jurídico, existe mucha resistencia por las autoridades en informar y sobre todo en hacer cumplir dicho mandato, existiendo una violación a este derecho consagrado, por desconocimientos, por temor o simplemente porque a las autoridades no les conviene que la sociedad este informada.  
Sin duda por el hecho de ser ciudadanos que contribuimos al desarrollo de nuestra entidad, de la forma que sea, pagando nuestros impuestos, trabajando en la iniciativa privada, cumpliendo con nuestras obligaciones y exigiendo nuestros derechos, tenemos el derecho de ser informados y que se garantice plenamente el derecho de acceso a la información sin limitación alguna, más que la vida privada de la persona, situación que no, nos debe interesar.
Todas las instituciones, que manejen presupuesto y recursos de la sociedad, en los diferentes niveles de gobierno, Municipal, Estatal y Federal, están obligados a informar en que se está gastando e invirtiendo el recurso y no solo el dinero, en todos los sentidos el actuar de los titulares es decir debe ser transparente su proceder.  
De igual manera es necesario que todos los organismos no gubernamentales, instituciones públicas y privadas de asistencia social, educativas, los diferentes medios de comunicación que cuentan con algún apoyo, bono, que reciben recurso de la Federación, Entidades Federativas y Municipales, transparenten cada una de sus acciones, para saber realmente en que se está invirtiendo o en que se está gastando dicho recurso.
La sociedad juega un papel fundamental, si el ciudadano no solicita la información, estaremos muy lejos de obligar a la autoridad a cumplir con la Ley y seguirá siendo el mismo circulo vicioso de esconder todo, por eso luego los funcionarios abuzan de sus cargos y puestos para hacerse ricos de la noche a la mañana, para ejemplos, hay muchos en Oaxaca.
Es necesario que el ciudadano, teniendo todo el derecho de conocer la información y destino de nuestra Entidad, genere una cultura de participación exigiendo a las autoridades en informar y transparentar su actuación, solamente así podremos evitar tanta corrupción.

*  Abogado y Promotor Cultural
Facebook.com/maldovj
Twitter: @maldovj
Blog: maldonadovj.blogspot.com

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